PIDEN NO CORTAR POR FALTA DE PAGO LOS SERVICIOS AL COMERCIO.
Es mientras dure la pandemia y se elevó al Ente Regulador de Servicios Públicos.
El senador Juan Cruz Curá solicitó al Ente Regulador de Servicios Públicos de la Provincia que las empresas se abstengan de cortar los servicios por mora o falta de pago a la totalidad de los comerciantes registrados ante la DGR mientras dure la emergencia sanitaria declarada por el coronavirus.
El legislador explicó que "todos los habitantes de este país estamos viviendo un momento particular causado por la pandemia del virus COVID-19. En particular los comerciantes, que ya se encontraban afectados por el contexto económico general del país. Su situación resultó agravada en estas semanas", indicó.
El Poder Ejecutivo Nacional, a través del DNU Nro. 311/20, dispuso que "las empresas prestadoras de los servicios de energía eléctrica, gas por redes y agua corriente, telefonía fija o móvil e Internet y TV por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital, no podrán disponer la suspensión o el corte de los respectivos servicios a los usuarios y las usuarias indicados en el artículo 3ro., en caso de mora o falta de pago".
La provincia de Salta se adhirió al decreto nacional Nro. 311/20 mediante el decreto Nro. 252/20 en relación con los servicios públicos de jurisdicción provincial y designó al Ente Regulador de los Servicios Públicos como autoridad de aplicación, que posteriormente lo reglamentó en la resolución Nro. 555/2020.
"Si bien la normativa nacional prevé a aquellas micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), conforme lo dispuesto por la ley Nro. 25.300, existen muchos pequeños comerciantes que no encuadran dentro de dichas categorías y que hoy se encuentran acumulando deudas. No tienen por intención incumplir sus obligaciones, sino alivianar su situación, ya que necesitan contar con los servicios de energía eléctrica, gas y agua para poder continuar con la comercialización de sus productos y servicios, y solo así poder afrontar sus obligaciones. Consecuentemente, sobre los montos correspondientes, la empresa seguirá aplicando intereses hasta el efectivo pago", expresó el legislador en los argumentos de su propuesta.El legislador fue muy claro al remarcar que "no están dadas las condiciones para exigir formalidades que atentan contra la celeridad necesaria en este momento. Resultaría sumamente útil que acreditada la condición de comerciante de acuerdo a la correspondiente inscripción en la Dirección General de Rentas de la Provincia, sea aplicada la suspensión de corte de los servicios a esos usuarios", sostuvo.
Fuera de las categorías
Si bien la normativa nacional prevé a aquellas micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) en los beneficios conforme lo dispuesto por la ley N° 25.300, existen muchos pequeños comerciantes que no encuadran dentro de dichas categorías y que hoy se encuentran acumulando deudas en lo que se refiere al pago de los servicios públicos como luz , gas agua y teléfono. El pedido contempla a los comercios que no están incluidos en las categorías pero que se encuentran registrados en la DGR.