PROVINCIALES

Reynoso II: El MPF se opuso a la probation solicitada por un abogado procesado por coimas

El abogado Ciscato y el ex juez falsificaron la firma del Narcotraficante Castedo falseando un acta.

La Fiscalía ratificó la postura de avanzar con el juicio oral y público al abogado Luciano Ciscato, quien se encuentra procesado por los delitos de cohecho activo y falsedad de instrumento público, en una causa donde también se encuentran acusados el ex magistrado Reynoso y el narcotraficante Delfín Castedo.

Mediante un acta Reynoso habría pretendido probar que en diciembre de 2013 Castedo se presentó en el Juzgado Federal de Orán. -

En una audiencia ante la Cámara Federal de Apelaciones de Salta, presidida por el juez Ernesto Solá, junto a los vocales Renato Rabi Baldi Cabanillas y Santiago French, el fiscal Carlos Amad ratificó la postura de avanzar con el juicio oral y público al abogado Luciano Ciscato, quien se encuentra procesado por los delitos de cohecho activo y falsedad de instrumento público, sin prisión preventiva.

El abogado Ciscato resultó procesado en el marco de una causa que surgió de las investigaciones que se realizaron en torno al ex juez federal de Orán Raúl Reynoso, quien cumple una condena de trece años de prisión por los delitos de concusión y prevaricato, pena impuesta el 25 de marzo pasado.

Del cúmulo de las primeras pesquisas, el fiscal federal, Eduardo Villalba, junto al titular de la Procuraduría de Narcocriminalidad (Procunar), Diego Iglesias, impulsaron una segunda causa en la que Reynoso, el narcotraficante Delfín Castedo y los abogados Ciscato, María Elena Esper, Ramón Valor y Arsenio Gaona (prófugo), entre otros, resultaron procesados por distintos delitos.

En el caso de Ciscato, la fiscalía lo acusó de haber participado de la confección de un acta en la que se falsificó la firma de Castedo, con la cual el ex juez Reynoso pretendió probar que el 5 de diciembre de 2013 el narcotraficante se presentó en el Juzgado Federal de Orán, fue imputado y se negó a declarar.

Al respecto, Villalba, en el dictamen por el cual rechazó la posibilidad de la aplicación de la suspensión de juicio a prueba del letrado, sostuvo que Ciscato efectivamente tuvo una relación con la organización criminal liderada por Reynoso. Indicó que “su rol se limitó a participar de la maniobra preacordada de solicitar la segunda eximición de prisión y presenciar la supuesta declaración indagatoria de Castedo favoreciendo con su accionar la contumacia del nombrado”. El acta, rubricada por Reynoso, Ciscato y una empleada judicial, “daba cuenta que Castedo se había presentado en el tribunal y se lo había impuesto del hecho, negándose a declarar”.

Asimismo, agregó que Ciscato “constituyó un domicilio falso, aportando la dirección del Colegio de Abogados Salteño, en el cual no se hallaba empadronado, evitando con ello ser notificado de cualquier temperamento que eventualmente pudiera haberse adoptado en la causa. Ello demuestra su actuación deliberada respecto del hecho por el que fuera procesado, la que tenía por objeto garantizar la libertad ambulatoria del imputado (Castedo)”.

Planteo de la defensa

El defensor oficial Nicolás Escandar, quien solicitó la audiencia para la suspensión de juicio a prueba de Ciscato, rechazó la teoría del que el dictamen del fiscal Villalba sea vinculante para el juez respecto a la negativa de otorgarle a su cliente tal beneficio. Resaltó la falta de antecedentes de su defendido, minimizo la relación del supuesto delito con el accionar de los otros acusados y adujo que la acusación penal prevé una escala penal que sería de ejecución condicional, a la vez que se refirió a la estigmatización en la que caería su cliente si se avanza con el juicio.

También destacó las distintas herramientas de solución de conflicto del nuevo sistema acusatorio, lo que utilizó como un elemento para impulsar la aplicación del beneficio buscado por Ciscato. En ese eje de ideas, la defensa expuso varios casos a modo de jurisprudencia, para finalizar con el pedido de probation para su defendido.

A su turno, el fiscal Amad defendió el dictamen de su colega, rechazó los argumentos de la defensa, la que -a su criterio-“retuerce los argumentos”, negó la estigmatización aludida por el defensor y resaltó la labor de la justicia, como así también recordó que los fiscales, en los debates y de acuerdo a la prueba, también piden absoluciones.

"Mafia"

Amad señaló que el fiscal sí "es dueño" de la acción penal, pues promueve y requiere juicio, como así también rechazó que el caso no sea grave, como lo planteó la defensa, pues Ciscato tuvo una participación decisiva en un acto procesal, con el que se benefició a Castedo.

Amad postuló que se está frente a un caso grave, pues se trata de “una mafia” en toda su dimensión. Y agregó que el artículo 76 bis del Código Penal, en el que se menciona los requisitos para la aplicación de esta medida, impide el otorgamiento de la probation cuando del delito haya participado un funcionario público, como es el caso de Reynoso y Miguel Saavedra, un empleado judicial.

Asimismo, presentó jurisprudencia y formalizó así su negativa a la aplicación de este beneficio para el abogado, tras lo cual los jueces de la Cámara escucharon al letrado procesado y dispusieron cuarto intermedio hasta una nueva audiencia, en la que darán a conocer su resolución.

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